Por Natalia Bórquez, abogada y Consuelo Herrera, socióloga, ambas de ONG Amaranta.
Las violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos de las últimas semanas en manos de agentes estatales no pueden estar ajenas a un proceso de verdad, justicia y reparación que tome en consideración a todas las víctimas y especialmente a quienes históricamente han vivido violencia, como han sido las mujeres.
El reciente “acuerdo por la paz” no puede pretender ser tal si no contempla y asegura justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición para las víctimas y la sociedad. No pueden ser sólo gestos, saludos a la bandera o anuncios sin peso, se necesitan garantías reales y concretas para que nunca más vuelvan a ocurrir estos hechos en el país, tal como lo plantearon hace 40 años aquellas/os que lucharon contra la dictadura cívico militar en Chile y que hasta el día de hoy siguen trabajando porque se reconozcan los delitos de lesa humanidad cometidos contra miles de detenidas/os, torturadas/os y desaparecidas/os.
Frente a violaciones sistemáticas de derechos humanos, el Estado está obligado a investigar, juzgar y sancionar a quienes resulten responsables de estas violaciones, y dar a conocer tanto a las víctimas como a la sociedad todo lo que diga relación con los hechos y circunstancias en que ocurrieron tales violaciones.
Desde una perspectiva de género, y en relación con las denuncias masivas por violencia política sexual en el contexto actual de movilizaciones sociales, que han afectado principalmente a las mujeres, resulta fundamental que se consideren las especificidades de este tipo de violencia estatal.
La violencia política sexual es considerada en el Estatuto de Roma, suscrito y ratificado por Chile, como un crimen de lesa humanidad y un crimen de guerra. Es un tipo de violencia de género ejercida por agentes estatales y que tiene como fin perpetuar la inferiorización y subordinación de las mujeres. Si bien la violencia política sexual puede ser ejercida contra todas las personas, ha sido históricamente sistemática y masiva respecta a las mujeres.
En el periodo transicional post dictadura cívico-militar la violencia política sexual fue una de las vulneraciones a los derechos humanos mayormente invisibilizada, no considerando este tipo de violación como un delito autónomo, con particularidades propias.
En la época de dictadura, la violencia política sexual era ejercida como una forma de amedrentar a las mujeres que no cumplían con el rol tradicional que se esperaba de ellas, ya sea por sus militancias, activismos o simplemente por ser sujetas que se atrevieron a alzar la voz.
Uno de los temas que más ha preocupado a las víctimas sobrevivientes de violencia política sexual cometida en dictadura es la falta de justicia y verdad. En aquellas causas que se han visto ante los tribunales de justicia ha sido difícil introducir la violencia política sexual como un delito distinto a la tortura, y las condenas han sido tardías o inexistentes. Se entiende la dificultad de las víctimas en plantear su reconocimiento en nuestro ordenamiento jurídico, ya que muchos de los relatos de violencia política sexual eran borrados de los documentos judiciales y sustituidos por “tratos degradantes”, reafirmando aún más su invisibilización.
Las pretensiones recientes, desde algunas voces del mundo académico, político, social y cultural, de crear una Comisión de Verdad, Justicia y Reparación debe ir aparejado con el cumplimiento de condiciones mínimas que garanticen que esta vez sí serán considerados determinados grupos, como las mujeres. Es fundamental que esta esté conformada por personas que posean la experticia y sensibilidad que se requiere para recoger los testimonios de las mujeres víctimas de violencia sexual, considerando la especificidad de este método de represión y el impacto diferenciado que genera en las mujeres
Además, una Comisión de la Verdad necesariamente debe estar acompañada de un proceso de justicia por parte de los tribunales de justicia, ya que concebir la primera sin la segunda no tendría sentido. Dicha comisión, al no ser un órgano jurisdiccional, no cuenta con atribuciones y facultades para investigar, ni con autoridad estatal para hacerse de pruebas compulsivamente. Pero la recopilación de información y evidencia por parte de ella será relevante en la impartición de justicia, facilitando labor de fiscales y jueces.
Urge además plantear la violencia política sexual como un crimen de lesa humanidad autónomo en nuestro ordenamiento jurídico interno y dejar de asimilarlo a la tortura sin ningún tipo de especificidad, desconociendo su factor político y de género, como también tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Delitos comunes como el abuso sexual o la violación tipificado en el sistema penal chileno no pueden ser equiparables a la violencia política sexual, ya que respecto a esta última la autosatisfacción sexual o contacto físico no necesariamente será un elemento presente. Los fines de la violencia política sexual son otros, como el amedrentamiento, la degradación, castigo y control sobre las mujeres.
Por otro lado, es fundamental una reforma sustancial a Carabineros de Chile, que tenga por objeto erradicar prácticas dictatoriales e insistir en el rendimiento de cuentas por quienes han cometido violaciones a los derechos humanos. Ello, es especialmente relevante para asegurar garantías de no repetición y que las vulneraciones a los derechos de las víctimas y la sociedad entera no vuelvan a ocurrir.
El 25 de noviembre se conmemora el día internacional para la erradicación de la violencia contra las mujeres. Es un momento crucial para que el Estado se haga cargo de estas prácticas y violaciones a los derechos humanos, dejando atrás la impunidad que ha caracterizado históricamente a la violencia política sexual en nuestro país.
Para finalizar, debemos considerar que todas las personas que han sido violentadas durante este mes tuvieron un nombre y una historia, por lo que visibilizar las violencias es también luchar por todas quienes ya no pueden hacerlo.
*fotografías obtenidas de: http://www.periodismoudec.cl/tiemporeal/2018/10/02/restitucion-de-mural-por-la-violencia-politica-sexual-en-dictadura/