Por Ma. Jo.
El concepto de trabajo puede observarse desde diferentes perspectivas o disciplinas, pero ya los clásicos de la sociología nos ofrecen ideas que pueden abrir nuestro análisis.
Así por ejemplo Weber [1] (2003) habla de su concepto de trabajo en la obra “La ética protestante y el espíritu del capitalismo”, postulando como tesis central que la religión insta al trabajo puesto que, según la creencia protestante, la salvación se encontraría en las obras desarrolladas en esta vida. Así pues, el trabajo es un elemento obligatorio en el ser humano, para evitar la holgazanería y el desperdicio de los dones entregados y mantiene un nexo moral entre l@s sujet@s. En otras palabras, se trascienden los valores abstractos para centrarse en un contrato; de esa premisa, según el autor, se toma el capitalismo para instalarse.
Por otro lado, desde la corriente sociocrítica, Marx señala: “El trabajo es, en primer lugar, un proceso del cual participan tanto el hombre como la naturaleza y en el que el hombre por su propia voluntad inicia, regula y controla las reacciones materiales entre él y la naturaleza” (Ritzer, 2012, p.163) [2].
De ese modo, el principio fundamental del ser humano y el potencial que poseemos está ligado estrechamente con el trabajo, pues, según el autor, utilizamos ese potencial para la transformación de la naturaleza. Esta transformación ha generado en primer término, que los seres humanos ya no se sientan parte de ella, sino un desencanto que se desarrolla de manera progresiva perdiendo aprecio hacia su producto puesto que lo que él produce no le pertenece, y termina aislándose de la sociedad y de sí mismo, lo que el autor llama “trabajo enajenado”, que caracteriza por la pérdida del sentido de nuestra vida en favor de la acumulación de capital.
Marx fue sumamente acertado en este concepto. Si bien es cierto que no podemos hablar igual de burgueses y proletarios que en siglos anteriores, porque en su definición más estricta, pertenecen a clases sociales de un momento sociohistórico determinado, también es cierto que observamos profundas desigualdades sociales, desigual distribución de los ingresos personas que lejos de trabajar con vocación, se desgastan en el vano afán de producir, en una vida infeliz y enajenada.
Una reflexión sobre la ley de inclusión en Chile.
Actualmente, debemos entender el trabajo como un derecho, así está consagrado en la ley internacional [3] y chilena:
Art 23: Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Art 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
En tanto, la constitución de la República de Chile, en su Art. 19 enumera y define derechos y deberes para sus ciudadanos, entre ellos el acceso al trabajo:
Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución. Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos (…) [4].
Como una necesidad de profundizar en el cumplimento de los derechos comprometidos, a comienzos de abril del presente se cumplió un año de la entrada en vigencia de la ley de inclusión laboral que promueve la contratación de personas en situación de discapacidad [5]. Esto ha desatado diversos análisis y evaluaciones, tanto positivos como los críticos. En el caso del ejecutivo [6], sus balances se centran en las crecientes cifras de cumplimiento de la normativa, mientras que por otro lado, existen las miradas críticas que matizan respecto de aquellos datos, como el informe elaborado por la Federación Chilena para Personas con Discapacidad [7], que señala que parte de esa cifra, ya no se encuentra trabajando, debido a que, su contrato expiró o que la ley asegura la contratación, pero no una inclusión [8], así como también, problematizan en relación a la carencia de fiscalización y sanciones a quienes no cumplan con la ley.
El trabajo es un derecho que efectivamente se había estado vulnerando en cuanto al acceso, por lo que aquella realidad justifica la ley y el análisis de sus resultados concretos en empresas y empleadores. No obstante, a la discusión le ha faltado analizar cómo se orienta a los empleados que, dada su condición, podrían eventualmente presentar desventajas o aprehensiones al intentar situarse en el mercado laboral basado en la competencia y la superproducción. Esto pues el mundo del trabajo actual, con todos sus defectos apenas esbozados a partir de Marx, es un entramado de relaciones que debiese mantener un equilibrio entre dar y recibir, sin embargo, no lo es.
Entonces ¿cómo ofrecer de manera concreta nuestro trabajo al mercado laboral tan desigual en sí mismo?
Presentamos tres sugerencias.
Activar estrategias y redes:
Anímate a conocer personas y lugares que trabajen en un área similar a la tuya. Esto te permitirá no solo activar redes que podrían llevarte a un empleo, si no también, intercambiar experiencias que nutrirán tu quehacer laboral. Para ello, podrías unirte a una organización social, sindical, un voluntariado o participar de charlas y seminarios de un tema afín a tu interés laboral.
Buscar asesoría:
Organismos operativos del Estado como FOSIS y SENCE ofrecen cursos y fondos concursables que podrían propiciar un emprendimiento si te interesa trabajar por una vía independiente.
Así mismo, la OMIL como un organismo comunal puede orientarte a gestionar un empleo, la construcción de un curriculum, entre otras de manera gratuita.
Ante las preguntas.
Ya sea en el marco de una entrevista o ya insert@ en un puesto de trabajo podrían preguntar sobre tu idoneidad laboral ante aquello:
1) Todas las preguntas se preparan con anticipación y 2) si aluden a tu idoneidad en relación a tu condición, explícalo así mismo, como una condición que no ha impedido el desarrollo de capacidades para una posible contratación laboral.
Las preguntas son útiles para conocerse y en ese intercambio comunicativo, en el mejor de los casos, colaboras a generar una cultura de inclusión.
Tomemos lo que la legislación hasta el momento ofrece, pero también tomemos acciones independientes y autónomas de la ley para que la inclusión ocurra.
Propuesta para análisis futuros.
La ley recién entró en vigencia hace apenas un año, por lo que, proyectar sus resultados es difícil. Aun así, más que conocer las cifras de contratación, sería más interesante levantar interpretaciones y significados de los distintos actores involucrad@s en este proceso, para verificar en la práctica, si efectivamente, su implementación ha permitido una transformación de fondo en el mundo del trabajo en pos de procesos de inclusión y augurar el desuso de la ley.
Referencias:
[1] Weber, M. (2003). La ética protestante y el espíritu del capitalismo. México. Fondo de Cultura Económica.
[2] Ritzer. G. (2012) “Teoría Sociológica Clásica” Mexico: Mcgraw-Hill /Interamercana Editores
[3] La Declaración Universal de los Derechos Humanos https://dudh.es/tag/trabajo/
[4] Constitución de la República de Chile https://www.camara.cl/camara/media/docs/constitucion_politica.pdf
[5] Ley 21.015 de Inclusión laboral: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1103997
[6] Cifras oficiales del Ministerio de Secretaría General de Gobierno http://www.msgg.gob.cl/wp/index.php/2019/04/02/ley-de-inclusion-12-mil-personas-con-discapacidad-se-han-incorporado-al-mercado-laboral-en-el-ultimo-ano
[7] Fundación Chilena de la Discapacidad.https://fchd.cl/2019/04/03/inclusion-laboral-eduardo-duran-solo-el-40-de-las-empresas-y-servicios-publicos-ha-cumplido-la-ley/
[8] Para efectos de esta nota entenderemos inclusión desde la perspectiva del reconocimiento recíproco elaborado por Hegel, Honneth, Taylor y Fornet Betancourt entre otros. Inclusión es un proceso intersubjetivo, una construcción permanente que comienza con una actitud dispuesta a conocer al otr@ para establecer estrategias de participación.